IUSera
Registro digital 2014604 · Tesis aislada · 10a. Época · I.1o.P.11 K (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

CAUSALES DE IMPROCEDENCIA EN LA REVISIÓN. SÓLO DEBEN ANALIZARSE CUANDO SE HACEN VALER EN VÍA DE AGRAVIOS MEDIANTE EL RECURSO DE REVISIÓN PRINCIPAL QUE LA PARTE LEGITIMADA INTERPONGA CONTRA LA SENTENCIA DEFINITIVA, Y NO POR MEDIO DE MANIFESTACIONES EN VÍA DE ALEGATOS QUE SE PRESENTAN DURANTE LA TRAMITACIÓN DE ESE MEDIO DE IMPUGNACIÓN.

Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

El recurso de revisión es el medio de impugnación por el cual las partes pueden recurrir la sentencia que dicte el Juez de Distrito, y en términos del artículo 88 de la ley de la materia, debe interponerse por escrito, en el que se expresarán los agravios que cause la resolución impugnada. En ese sentido, el pronunciamiento emitido en la sentencia en el que el Juez de Distrito desestima la causal de improcedencia alegada por alguna de las partes, o determina que en autos no se actualiza de oficio ninguna de ellas, es una decisión susceptible de impugnarse a través del recurso de revisión; ello...

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