IUSera
Registro digital 2014550 · Tesis aislada · 10a. Época · III.5o.C.40 C (10a.) · QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

PRUEBA CONFESIONAL EN EL JUICIO ORAL MERCANTIL. DEBE DECLARARSE DESIERTA SI EL OFERENTE NO CUMPLE CON SU OBLIGACIÓN DE ASISTIR A LA AUDIENCIA DE DESAHOGO, NO OBSTANTE QUE HAYA EXHIBIDO EL PLIEGO DE POSICIONES CON ANTICIPACIÓN.

Mercantil Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De una interpretación sistemática y teleológica de los artículos 1390 Bis 2, 1390 Bis 9, 1390 Bis 13, 1390 Bis 21, 1390 Bis 23, 1390 Bis 38 y 1390 Bis 41 del Código de Comercio, y conforme a los principios rectores del juicio oral mercantil de oralidad e inmediación, se concluye que el desahogo de la prueba confesional en la audiencia del juicio, acorde con las reglas especiales que lo rigen, inicia con la promoción oral que puede realizar el oferente ante el Juez pidiendo que su contraparte se presente a declarar al tenor de las posiciones que en el acto de la diligencia le formulará; pero si...

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