IUSera
Registro digital 2014542 · Tesis aislada · 10a. Época · III.2o.P.114 P (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.

DERECHO HUMANO A LA SALUD. SI EL QUEJOSO ES MIEMBRO DE LAS FUERZAS ARMADAS Y RECLAMA LA NEGATIVA DE LA AUTORIDAD DE BRINDAR EL SERVICIO MÉDICO A ÉL Y A SUS BENEFICIARIOS, COMO CONSECUENCIA DE HABÉRSELE DICTADO EL AUTO DE FORMAL PRISIÓN POR UN DELITO DEL ORDEN MILITAR, PROCEDE CONCEDER LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL AMPARO PROMOVIDO EN SU CONTRA.

Constitucional y Amparo Salud Seguridad Pública y Nacional
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Si el quejoso es miembro de las fuerzas armadas y reclama la negativa de la autoridad de brindar el servicio médico a él y a sus beneficiarios, como consecuencia de habérsele dictado el auto de formal prisión por un delito del orden militar y solicita la suspensión de dicha medida, el juzgador debe hacer un análisis de proporcionalidad en sentido amplio sobre la idoneidad, necesidad y ponderación de la medida cautelar o de su negativa y determinar si en el caso particular se satisfacen los extremos para concederla, atento a la posible violación aludida por el recurrente y que son: 1) la aparie...

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