IUSera
Registro digital 2014506 · Jurisprudencia · 10a. Época · 2a./J. 72/2017 (10a.) · Segunda Sala

RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2014. SU REGLA I.5.1.6 ES ACORDE CON LOS PRINCIPIOS DE RESERVA DE LEY, SUBORDINACIÓN JERÁRQUICA, LEGALIDAD TRIBUTARIA Y SEGURIDAD JURÍDICA.

Constitucional y Amparo Fiscal y Hacendario
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Texto de la tesis

La Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en sus artículos 2o., fracción I, inciso G) y 5o., párrafo segundo, dispone que tratándose de enajenaciones de bebidas saborizadas, concentrados, polvos o jarabes que se disuelvan en agua con azúcar añadida, los sujetos pasivos del impuesto lo calcularán por el total de litros enajenados en el mes o que se puedan obtener por los concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores enajenados en el mes; mientras que de la regla I.5.1.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federaci...

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