IUSera
Registro digital 2014370 · Tesis aislada · 10a. Época · I.8o.A.120 A (10a.) · OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. TIENE LEGITIMACIÓN PARA PROMOVER JUICIO DE AMPARO CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE DERIVA DE UN JUICIO DE LESIVIDAD EN EL QUE IMPUGNÓ LA CONCESIÓN DE UNA PENSIÓN.

Constitucional y Amparo Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De conformidad con el artículo 7o. de la Ley de Amparo, las personas morales públicas podrán solicitar amparo por conducto de los servidores públicos o representantes que señalen las disposiciones aplicables, cuando el acto afecte su patrimonio respecto de relaciones jurídicas en las que se encuentren en un plano de igualdad con los particulares. Por tanto, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado tiene legitimación para promover juicio de amparo contra la resolución de un juicio de lesividad en el que impugnó la concesión de una pensión, toda vez que acude...

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