IUSera
Registro digital 2014323 · Tesis aislada · 10a. Época · VII.2o.T.21 K (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEPTIMO CIRCUITO.

SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL AMPARO. CONFORME A LA APARIENCIA DEL BUEN DERECHO, PROCEDE CONTRA LA REMOCIÓN O SUSTITUCIÓN TEMPORAL DE UN JUEZ INTERINO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE VERACRUZ SI LAS RESPONSABLES NO EMITIERON EL MANDATO POR ESCRITO, PARA QUE PROVISIONALMENTE SE LE REINSTALE EN SU ADSCRIPCIÓN Y SE LE CUBRA ÍNTEGRAMENTE SU SALARIO DESDE LA FECHA EN QUE SE LE SEPARÓ DEL CARGO, SIN NECESIDAD DE QUE OTORGUE GARANTÍA Y DE PODER AFECTAR DERECHOS DEL TERCERO INTERESADO.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Para ponderar la apariencia del buen derecho y el interés público y social, tratándose de la suspensión provisional del acto reclamado, cobran especial relevancia las manifestaciones hechas por el quejoso en su demanda de amparo, las cuales deben ser suficientes para considerar la verosimilitud del derecho para conceder o no la medida, con alcance de tutela anticipada. Así, cuando el quejoso refiere que las autoridades responsables omitieron emitir un mandato por escrito, fundado y motivado, a través del cual se haya determinado la suspensión temporal o remoción de su cargo como Juez interino,...

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