SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO EL DECRETADO EN LA SENTENCIA DEFINITIVA POR FALTA DE INTERÉS, CUANDO ELLO DERIVE DE LA AMBIGÜEDAD EN CUANTO A LA PERSONA POR LA CUAL SE SOLICITA LA NULIDAD, SI PREVIAMENTE NO SE PREVINO AL PROMOVENTE PARA QUE LA ACLARARA.
Texto de la tesis
El derecho de audiencia, previsto en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, implica que para privar al gobernado de su libertad, propiedades, posesiones o derechos, se requiere de un juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho. Luego, si la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo prevé en sus artículos 13, 14 y 15, los requisitos que debe observar la demanda del juicio en la materia, así como los docu...
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