IUSera
Registro digital 2014310 · Tesis aislada · 10a. Época · III.2o.P.113 P (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.

PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL. EL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA QUE OPERE INICIA A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE CONSIGNÓ LA AVERIGUACIÓN PREVIA Y SE SOLICITÓ LA EMISIÓN DE LA ORDEN DE APREHENSIÓN CONTRA EL IMPUTADO, NO OBSTANTE QUE ÉSTA SE DICTE CON POSTERIORIDAD (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).

Penal
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Si se considera cuáles son las etapas que integran el procedimiento penal en el Estado de Jalisco y que el plazo para que opere la prescripción de la acción penal se interrumpe con la consignación de la averiguación previa a la autoridad jurisdiccional, aun sin detenido, ya que no podría prescribir su derecho mientras lo ejerce, pues la prescripción se actualiza ante su inactividad, en el presente caso, el plazo necesario para la prescripción debe computarse a partir de la fecha en que se consignó la indagatoria y se solicitó la emisión de la orden de aprehensión contra el imputado, aunque ese...

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