IUSera
Registro digital 2014230 · Jurisprudencia · 10a. Época · PC.XIX. J/3 P (10a.) · PLENO DEL DECIMONOVENO CIRCUITO.

CONCLUSIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO. EL ARTÍCULO 291, PÁRRAFO SEGUNDO, DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES ABROGADO, QUE REGULA LA OMISIÓN DE PRESENTARLOS DENTRO DEL PLAZO ESTABLECIDO PARA ELLO, NO VIOLA LOS ARTÍCULOS 49 Y 102, APARTADO A, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis aislada 1a. CCX/2013 (10a.), declaró inconstitucionales los artículos 294 y 295 del Código Federal de Procedimientos Penales, porque violentan el postulado de división de funciones competenciales, al establecer que el juzgador de la causa penal tiene obligación de enviar, junto con el proceso, las conclusiones de no acusación a la Procuraduría General de la República, pues dicha situación representa que ejerza una doble función como juzgador y auxiliar del Ministerio Público. Ahora bien, las anteriores razones no pueden...

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