IUSera
Registro digital 2014152 · Tesis aislada · 10a. Época · V.3o.C.T.3 L (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL QUINTO CIRCUITO.

ANTIGÜEDAD DE TRABAJADORES TEMPORALES. SI EL PATRÓN DEMUESTRA QUE EL TRABAJADOR LABORÓ POR DETERMINADOS PERIODOS, Y NO DE MANERA ININTERRUMPIDA, CORRESPONDE A ÉSTE LA CARGA DE PROBAR LA SUBSISTENCIA DE LA RELACIÓN LABORAL DURANTE LOS INTERVALOS QUE MEDIARON ENTRE EL FIN DE UNA CONTRATACIÓN Y EL INICIO DE LA SUBSECUENTE.

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Conforme a los artículos 784, fracciones I, II y VII y 804, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo, corresponde al patrón demostrar el tiempo en que el trabajador laboró a su servicio, es decir, el lapso efectivo que acumuló en la prestación de su actividad laboral. Sin embargo, ello es aplicable cuando el conflicto versa sobre los términos de una relación laboral, cuya existencia es reconocida por las partes, pero no cuando aquél niega lisa y llanamente la existencia del contrato, pues no se le puede imponer la carga de probar hechos negativos. En ese orden de ideas, cuando el trabajador a...

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