IMPEDIMENTO. SE ACTUALIZA LA CAUSAL PREVISTA EN EL ARTÍCULO 51, FRACCIÓN I, DE LA LEY DE AMPARO, POR LA SOLA EXISTENCIA DE PARENTESCO EN CUALQUIERA DE LOS GRADOS A QUE ÉSTE SE REFIERE, ENTRE EL JUZGADOR FEDERAL Y UN INTEGRANTE DE UN CUERPO LEGISLATIVO PLURIPERSONAL SEÑALADO COMO AUTORIDAD RESPONSABLE EN UN JUICIO DE AMPARO INDIRECTO.
Texto de la tesis
Conforme al artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y acorde con los principios de doctrina, con los códigos de ética nacionales e iberoamericano, con la Convención Americana sobre Derechos Humanos y con las resoluciones tanto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación como de los órganos jurisdiccionales Americano y Europeo en materia de derechos humanos, la impartición de justicia debe ser imparcial, característica insoslayable que debe revestir al juzgador en el ejercicio de su función jurisdiccional. Por ende, la imparcialidad deviene en una actitud del j...
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