IUSera
Registro digital 2014091 · Tesis aislada · 10a. Época · I.1o.A.E.208 A (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONOMICA, RADIODIFUSION Y TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MEXICO Y JURISDICCION EN TODA LA REPUBLICA.

RECURSO DE RECONSIDERACIÓN PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 39 DE LA LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA, VIGENTE HASTA EL 6 DE JULIO DE 2014 Y 71 DE SU REGLAMENTO. SE RIGE POR EL SISTEMA DE LITIS ABIERTA.

Mercantil Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Los preceptos señalados prevén el recurso de reconsideración, entre otras hipótesis, contra las resoluciones que pongan fin a cualquiera de los procedimientos previstos en la propia ley y, por la naturaleza de ese medio de impugnación, es la misma autoridad que los resuelve quien lleva a cabo esa "reconsideración". Por otra parte, dichos numerales no establecen que la materia del recurso se limite a los argumentos que se hubiesen hecho valer durante alguna de las etapas del procedimiento. Por tanto, dicho recurso se rige por el sistema de litis abierta, que faculta al inconforme a plantear tod...

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