IUSera
Registro digital 2014070 · Tesis aislada · 10a. Época · 2a. LIII/2017 (10a.) · Segunda Sala

VIOLACIONES GRAVES DE DERECHOS FUNDAMENTALES. POR REGLA GENERAL EL PRINCIPIO DE MÁXIMA PUBLICIDAD DE LAS INVESTIGACIONES RELACIONADAS CON AQUÉLLAS, ABARCA EL NOMBRE DE LAS VÍCTIMAS.

Constitucional y Amparo Derechos Humanos Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Del artículo 14, párrafo último, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, vigente hasta el 9 de mayo de 2016, se advierte que, por regla general, no podrá invocarse el carácter de información reservada cuando se trate de la investigación de violaciones graves de derechos fundamentales o delitos contra la humanidad, sin hacer distinciones o excepciones respecto al nombre de las víctimas, sino que presenta una directriz clara e indubitable del acceso a la publicidad de esa información, ante la entidad de las violaciones o delitos implicados que generan...

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