TRÁNSITO Y VIALIDAD DE LOS MUNICIPIOS DE MONTERREY, SANTIAGO, SAN NICOLÁS DE LOS GARZA, JUÁREZ, GUADALUPE, SAN PEDRO GARZA GARCÍA, SANTA CATARINA Y ESCOBEDO, NUEVO LEÓN. ES IMPROCEDENTE CONCEDER LA SUSPENSIÓN EN EL AMPARO PROMOVIDO CONTRA LAS DISPOSICIONES DE LOS REGLAMENTOS RELATIVOS, VIGENTES EN 2017, QUE ESTABLECEN EL EQUIPO QUE DEBERÁN TENER EN BUEN ESTADO Y LOS ACCESORIOS O ARTÍCULOS QUE TIENEN PROHIBIDO PORTAR LOS VEHÍCULOS QUE CIRCULEN EN LA VÍA PÚBLICA, ASÍ COMO LA FACULTAD DE LA AUTORIDAD DE VIGILAR EL CUMPLIMIENTO DE ESE MANDATO.
Texto de la tesis
Los reglamentos mencionados (homologados en su redacción), en vigor a partir del 1 de enero de 2017 (salvo el del segundo Municipio, que rige desde el 5 de esos mes y año), establecen el equipo que deberán tener en buen estado y los accesorios o artículos que tienen prohibido portar los vehículos que circulen en la vía pública, así como la facultad de la autoridad de vigilar el cumplimiento de ese mandato, con la finalidad de proteger la seguridad de los peatones y de los conductores que circulan en las vialidades municipales que forman parte de la zona metropolitana de Monterrey y otorgar bie...
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