IUSera
Registro digital 2014030 · Tesis aislada · 10a. Época · III.7o.A.7 A (10a.) · SEPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.

PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE PAGO DE HORAS EXTRAS A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS. EL CÓMPUTO DEL PLAZO RELATIVO CORRE A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DEL EN QUE SE HAYAN LABORADO (APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO).

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

El artículo 105 de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios establece que las acciones que nazcan de esa ley o del nombramiento expedido en favor de los servidores públicos, prescribirán en un año, empero, no establece a partir de cuándo comienza a correr el plazo correspondiente, por lo que debe acudirse al artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo, de aplicación supletoria a la ley inicialmente citada, en términos de su artículo 10, fracción III, el cual dispone que las acciones de trabajo prescriben en un año, contado a partir del día siguiente a la fecha...

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