DESCONOCIMIENTO DE LA NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN RECURRIDA EN REVOCACIÓN. EL PROMOVENTE TIENE DERECHO A AMPLIAR ESE RECURSO Y LA AUTORIDAD RECURRIDA LA OBLIGACIÓN DE EXHIBIR LAS CONSTANCIAS DE NOTIFICACIÓN PARA TAL EFECTO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).
Texto de la tesis
De una interpretación sistemática de las fracciones que integran el artículo 131-A del Código Fiscal del Estado de Puebla, se advierte que la autoridad responsable tiene la obligación de dar a conocer al particular las constancias de notificación de la resolución recurrida, cuando este último niegue conocerlas, a fin de que el particular esté en aptitud de controvertirlas a través de la ampliación del propio recurso, aunque al interponer éste haya manifestado conocer el acto recurrido, mas no su notificación. En efecto, aun cuando es verdad que conforme a lo dispuesto por la fracción II del re...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.