IUSera
Registro digital 2013925 · Tesis aislada · 10a. Época · VI.1o.A.105 A (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.

DESCONOCIMIENTO DE LA NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN RECURRIDA EN REVOCACIÓN. EL PROMOVENTE TIENE DERECHO A AMPLIAR ESE RECURSO Y LA AUTORIDAD RECURRIDA LA OBLIGACIÓN DE EXHIBIR LAS CONSTANCIAS DE NOTIFICACIÓN PARA TAL EFECTO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De una interpretación sistemática de las fracciones que integran el artículo 131-A del Código Fiscal del Estado de Puebla, se advierte que la autoridad responsable tiene la obligación de dar a conocer al particular las constancias de notificación de la resolución recurrida, cuando este último niegue conocerlas, a fin de que el particular esté en aptitud de controvertirlas a través de la ampliación del propio recurso, aunque al interponer éste haya manifestado conocer el acto recurrido, mas no su notificación. En efecto, aun cuando es verdad que conforme a lo dispuesto por la fracción II del re...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.