IUSera
Registro digital 2013916 · Tesis aislada · 10a. Época · I.4o.C.50 C (10a.) · CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

CONDOMINIO. CONFORMIDAD DE LOS ARTÍCULOS 443, FRACCIÓN IX, DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, Y 59 DE LA LEY DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES, CON LA NATURALEZA JURÍDICA DE LOS TÍTULOS EJECUTIVOS (LEGISLACIÓN APLICABLE EN LA CIUDAD DE MÉXICO).

Civil y Familiar Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Los preceptos legales citados establecen que el estado de liquidación suscrito por el administrador y/o el comité de vigilancia constituye título ejecutivo si se acompaña con la copia certificada del reglamento interno del condominio o del acta de asamblea general relativa, donde se hayan estipulado las obligaciones pecuniarias a cargo de los condóminos y las fechas para su cumplimiento. Son idóneos para satisfacer las exigencias jurídicas de los títulos ejecutivos, de consignar un crédito cierto, líquido y exigible; pues el primero queda satisfecho con la copia certificada del reglamento o de...

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