IUSera
Registro digital 2013775 · Tesis aislada · 10a. Época · VII.2o.C.115 C (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

SERVIDUMBRE DE PASO APARENTE. ELEMENTOS PARA ACREDITAR SU RECONOCIMIENTO, ATENTO AL PRINCIPIO IN DUBIO PRO ACTIONE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).

Civil y Familiar Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Si se trata de las servidumbres de paso aparentes se configura una antinomia empírica entre los artículos 1148 y 1149 del Código Civil para el Estado de Veracruz, pues aunque estas dos normas lógicamente no son incompatibles, fácticamente -en estos casos- no pueden ser obedecidas o aplicadas simultáneamente. En efecto, una servidumbre de paso es discontinua y, por ende, no puede adquirirse por prescripción, por lo que, acorde con el artículo 1148 citado, para acreditar el derecho a ésta, es necesario comprobar el título constitutivo correspondiente o, en su defecto, éste puede ser sustituido ú...

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