VEHÍCULOS DE AUTOTRANSPORTE. LA SUSTITUCIÓN DE LOS LARGUEROS O TRAVESAÑOS ORIGINALES POR OTROS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA, HACE QUE EL CHASIS PIERDA SU CARÁCTER ESENCIAL Y, POR TANTO, NO PUEDA CONSIDERARSE DE FABRICACIÓN NACIONAL.
Texto de la tesis
Del artículo 2, fracción I, del Acuerdo sobre el carácter esencial de los vehículos de autotransporte, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de octubre de 2000 y su modificación el 6 de septiembre de 2006, se advierte que el chasis es la estructura conformada por los largueros (vigas) rígidos y travesaños que soportan las diversas partes y componentes que integran el vehículo al ser fabricado, siempre y cuando dicha estructura no presente alteraciones, como injertos o tramos de estructura de otro chasis. Así, la estructura básica del chasis, conformada por los largueros y trave...
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