IUSera
Registro digital 2013633 · Jurisprudencia · 10a. Época · PC.I.P. J/28 P (10a.) · PLENO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

ACTA DE RECHAZO POR LA QUE LA AUTORIDAD MIGRATORIA DECRETA LA INADMISIBILIDAD A TERRITORIO NACIONAL DE UNA PERSONA EXTRANJERA. EN SU CONTRA ES IMPROCEDENTE LA SUSPENSIÓN DE OFICIO Y DE PLANO.

Constitucional y Amparo Seguridad Pública y Nacional
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Texto de la tesis

El acta de rechazo aludida constituye un acto administrativo derivado de un procedimiento de control migratorio que acontece en los lugares de tránsito internacional de personas, respecto del cual, no procede conceder la suspensión de oficio y de plano, al no estar comprendido en los artículos 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 15 y 126 de la Ley de Amparo, y, además, porque no pone en riesgo la vida, la integridad física, ni la libertad de la persona, en tanto que el extranjero es libre de regresar a su lugar de procedencia tan pronto como las condiciones...

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