RECURSO DE RECLAMACIÓN. AL NO TENER EFECTOS SUSPENSIVOS, EL INTERPUESTO CONTRA EL ACUERDO DE PRESIDENCIA QUE ADMITE A TRÁMITE LA REVISIÓN ADHESIVA, NO IMPIDE QUE EL PLENO DEL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO RESUELVA LOS RECURSOS DE REVISIÓN PROMOVIDOS (PRINCIPAL Y ADHESIVO).
Texto de la tesis
El objeto del recurso de reclamación consiste en revisar la legalidad de los acuerdos de trámite dictados por el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o por los presidentes de sus Salas o de los Tribunales Colegiados de Circuito, a fin de subsanar las posibles irregularidades procesales cometidas durante la tramitación de los procedimientos de su conocimiento. Sin embargo, la tramitación de este medio de impugnación no tiene efectos suspensivos pues, tratándose de los recursos en el juicio de amparo, el único remedio procesal que tiene tal alcance es el recurso de queja, que...
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