IUSera
Registro digital 2013597 · Jurisprudencia · 10a. Época · PC.I.A. J/96 A (10a.) · PLENO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

COMPETENCIA POR TERRITORIO PARA CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO PROMOVIDO CONTRA LAS DISPOSICIONES GENERALES QUE IMPONEN AL PRESTADOR DE SERVICIOS TURÍSTICOS LA OBLIGACIÓN DE INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TURISMO, CUANDO SE RECLAMAN EN SU CARÁCTER DE AUTOAPLICATIVAS. SE SURTE A FAVOR DEL JUEZ DE DISTRITO CON JURISDICCIÓN EN ALGUNO DE LOS LUGARES EN LOS QUE PUEDA TENER EJECUCIÓN EL ACTO RECLAMADO.

Turismo Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

De acuerdo con los artículos 107, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 37, segundo párrafo, de la Ley de Amparo, la competencia por territorio para conocer de los asuntos en los que se reclaman como autoaplicativos el Acuerdo por el que se emite el catálogo de los diferentes servicios turísticos cuyos prestadores de servicios turísticos deberán inscribirse en el Registro Nacional de Turismo, el Acuerdo por el que se emite la Convocatoria Nacional de Inscripción al Registro Nacional de Turismo dirigida a los prestadores de servicios turísticos, así como el...

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