IUSera
Registro digital 2013593 · Tesis aislada · 10a. Época · 2a. III/2017 (10a.) · Segunda Sala

RECURSO DE INCONFORMIDAD. EN LOS AMPAROS DIRECTOS RELACIONADOS, EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO NO DEBE DECLARAR CUMPLIDA SÓLO UNA DE LAS EJECUTORIAS.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Conforme al sistema establecido por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia 2a./J. 5/2016 (10a.)(*), es obligación del Tribunal Colegiado de Circuito analizar el cumplimiento integral en los juicios relacionados cuando existan sentencias protectoras que ordenen su recíproca observancia, lo cual significa, en términos muy concretos, que en cada uno de los amparos relacionados aquél debe analizar tanto el cumplimiento de lo resuelto en el asunto que corresponda a la ejecutoria en el que actúe, como la observancia de la ejecutoria que aparezca en la copia...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.