INMATRICULACIÓN DE BIENES. EL REQUISITO DE PRESENTAR LA INFORMACIÓN DE TRES TESTIGOS PARA ACREDITAR LA POSESIÓN A TÍTULO DE DUEÑO NO ES VIOLATORIO DEL DEBIDO PROCESO NI DEL DERECHO A LA JUSTICIA.
Texto de la tesis
La interpretación sistemática y funcional de los artículos 122, fracción III, del Código de Procedimientos Civiles, en relación con los artículos 3046, 3047 y 3050 del Código Civil, ambos del Distrito Federal, conduce a determinar que no resulta violatorio del debido proceso ni del derecho a la justicia, el hecho de que en el primero de tales preceptos se exija como prueba de la posesión de un inmueble a título de dueño, a efectos de lograr su inmatriculación por resolución judicial, la información de cierto número de testigos, que consiste en tres, preferentemente colindantes o, en su caso, q...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.