IUSera
Registro digital 2013473 · Tesis aislada · 10a. Época · I.18o.A.23 A (10a.) · DÉCIMO OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

PENSIONES DE TRABAJADORES DE CONFIANZA DE PETRÓLEOS MEXICANOS. LA COMPETENCIA PARA CONOCER DE LA DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO PROMOVIDA PARA IMPUGNAR SUS INCREMENTOS, CORRESPONDE A LOS JUECES DE DISTRITO EN MATERIA DE TRABAJO.

Laboral y Seguridad Social Energía y Minería Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

El juicio de amparo indirecto promovido en contra de actos relacionados con los incrementos de la pensión que perciben personas que fungieron como trabajadores de confianza en Petróleos Mexicanos, tiene su origen en una prestación contractual, derivada de los acuerdos que alcanzaron los trabajadores y ese patrón, que este último regulaba a través del anterior Reglamento de Personal de Confianza de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Por ello, debe concluirse que su naturaleza es de trabajo, pues debe aplicarse la legislación de dicha materia, al tratarse de prestaciones derivadas de...

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