MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL DE LO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE JALISCO. SU RATIFICACIÓN TÁCITA NO ESTÁ PREVISTA EN LA LEGISLACIÓN ESTATAL.
Texto de la tesis
Conforme a los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la ratificación tácita de Magistrados en su cargo constituye la previsión de una regla aplicable a una situación excepcional, derivada del sistema previsto en el artículo 116 de la Constitución Federal para los Poderes Judiciales de los Estados, figura que opera con base en los siguientes presupuestos: a) que se ejerza el cargo por el término previsto en la Constitución Local respectiva; b) que al término del periodo no se emita dictamen de evaluación, por el órgano u órganos encargados de proponer y aprobar la ratificación...
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