ORDEN DE EMBARGO EMITIDA EN UN JUICIO MERCANTIL DIRIGIDA AL QUEJOSO. PARA DEMOSTRAR EL INTERÉS JURÍDICO PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DE LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN SU CONTRA, BASTAN LAS MANIFESTACIONES DE AQUEL QUE LA RECLAMA.
Texto de la tesis
Conforme a la jurisprudencia 2a./J. 5/93 de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para decidir sobre la procedencia de la suspensión provisional, en relación con la certidumbre del acto reclamado, deben atenderse las manifestaciones del quejoso que reclama la orden de embargo y/o auto de exequendo en su contra, aun cuando no especifique el bien sobre el que recae la orden, ante el peligro inminente de que se ejecute en su perjuicio al ser, por regla general, los únicos elementos con los que se cuenta para resolver sobre la solicitud de concesión de la medida cautelar; s...
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