IUSera
Registro digital 2013421 · Tesis aislada · 10a. Época · III.2o.A.67 A (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.

MAGISTRADOS ELECTORALES LOCALES. CONTRA SU REEMPLAZO Y LAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS DE ÉSTE ES IMPROCEDENTE EL JUICIO DE AMPARO.

Constitucional y Amparo Electoral Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que la integración de las autoridades electorales -administrativas o jurisdiccionales- forma parte de la materia electoral. Asimismo, ha establecido que es improcedente el juicio de amparo promovido contra normas, actos o resoluciones del carácter señalado. En consecuencia, el cambio de los Magistrados referidos y sus consecuencias, como el pago de las prestaciones económicas inherentes y la permanencia en el cargo, no son reclamables en el medio de defensa procesal constitucional indicado, porque se trata de actos contra los que está rest...

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