CADUCIDAD DE LA INSTANCIA. VULNERA EL DERECHO HUMANO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA.
Texto de la tesis
El artículo 26 de la Ley de Justicia Administrativa para el Estado y Municipios de Nuevo León, establece que en la tramitación del juicio contencioso administrativo impera el principio de impulso procesal de las partes. Asimismo, el diverso 57, fracción V, de ese ordenamiento, indica que procede el sobreseimiento del juicio cuando no se haya efectuado ningún acto procesal durante el término de trescientos días consecutivos, ni el actor hubiere promovido en ese mismo lapso, siempre que la promoción sea necesaria para la continuación del procedimiento. Por otra parte, conforme a los artículos 25...
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