IUSera
Registro digital 2013363 · Tesis aislada · 10a. Época · I.9o.P.124 P (10a.) · NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

VIOLENCIA CONTRA LA MUJER. SI EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO AL CONOCER DEL AMPARO CONTRA LA SENTENCIA DEFINITIVA ADVIERTE QUE LA SUJETO PASIVO DEL DELITO, QUIEN NO ES PARTE EN EL JUICIO, DECLARÓ QUE FUE VÍCTIMA DE ACTOS SEXUALES QUE NO FUERON AVERIGUADOS POR EL ÓRGANO INVESTIGADOR, ATENTO A SU DEBER DE PROTEGER LOS DERECHOS HUMANOS DE TODA PERSONA, DEBE DAR VISTA AL MINISTERIO PÚBLICO COMPETENTE PARA QUE PROCEDA A LA INVESTIGACIÓN CORRESPONDIENTE.

Constitucional y Amparo Penal Derechos Humanos
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Conforme al artículo 1o., párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Asimismo, los artículos 7 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y 5, 11 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, disponen que todas las personas son iguales; por ende, tienen derecho a que se respete su integridad física...

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