IUSera
Registro digital 2013307 · Tesis aislada · 10a. Época · III.5o.C.33 C (10a.) · QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

ALBACEA DE LA SUCESIÓN TESTAMENTARIA. ESTÁ LEGITIMADO PARA DEFENDER LA VALIDEZ DEL TESTAMENTO AUN DESPUÉS DE CONCLUIDO EL PROCEDIMIENTO SUCESORIO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).

Civil y Familiar Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

De la intelección de los artículos 3020, 3048, fracción VII, 3095, fracción I y 3123 del Código Civil del Estado, se concluye que el albacea es el representante legal de la sucesión y tiene como obligación, entre otras, defender en juicio, y fuera de él, los bienes de la herencia y la validez del testamento. Ahora bien, como por regla general el juicio sucesorio concluye con la aprobación de las operaciones de partición y adjudicación, con lo cual termina naturalmente el cargo de albacea, ello no impide que, por excepción, subsista su obligación de representar a la sucesión cuando se intente l...

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