COMPETENCIA ECONÓMICA. EL ARTÍCULO 66 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, AL NO PREVER QUE SE NOTIFIQUE PERSONALMENTE AL DENUNCIANTE DE UNA PRÁCTICA MONOPÓLICA LA RESOLUCIÓN QUE RECAIGA A SU DENUNCIA Y, EN SU CASO, EL ACUERDO DE INICIO DEL PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO RESPECTIVO, NO CONTRAVIENE LOS DERECHOS DE ACCESO Y A LA IMPARTICIÓN DE JUSTICIA.
Texto de la tesis
El artículo referido, al no prever que se notifique personalmente al denunciante de una práctica monopólica la resolución que recaiga a su denuncia y, en su caso, el acuerdo de inicio del procedimiento sancionatorio correspondiente, no contraviene los derechos de acceso y a la impartición de justicia (establecidos en los artículos 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 8, numeral 1 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos), toda vez que el resultado del procedimiento derivado de la denuncia no está determinado directa y exclusivamente por los actos que p...
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