IUSera
Registro digital 2013249 · Jurisprudencia · 10a. Época · PC.VIII. J/3 A (10a.) · PLENO DEL OCTAVO CIRCUITO.

INFRACCIONES DE TRÁNSITO DETECTADAS A TRAVÉS DE DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS. LOS ARTÍCULOS 185, FRACCIÓN X, APARTADOS A Y B, Y 197, APARTADO B, DEL REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE PARA EL MUNICIPIO DE SALTILLO, QUE LAS REGULA, NO TRANSGREDEN EL ÁMBITO COMPETENCIAL DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, PARA LEGISLAR EN MATERIA DE TRÁNSITO.

Constitucional y Amparo Transporte y Comunicaciones
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Texto de la tesis

El Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, al emitir el Reglamento de Tránsito y Transporte para dicho Municipio, además de establecer en éste la detección de infracciones de tránsito a través del procedimiento tradicionalmente conocido (esto es, el efectuado cuando el propio agente de tránsito, al encontrarse en las mismas circunstancias de tiempo y lugar que el conductor, le hace saber la comisión de la infracción cometida), adicionó en los mencionados preceptos la posibilidad de que la comisión de dichas faltas se detecte mediante dispositivos electrónicos y de esa forma se impongan...

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