NOTIFICACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES DETERMINADOS POR EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL O EL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES. DEBE REALIZARSE EN EL DOMICILIO EN QUE SE UBIQUE EL ESTABLECIMIENTO O CENTRO DE TRABAJO RELACIONADO CON EL REGISTRO PATRONAL.
Texto de la tesis
Acorde con los artículos 13 y 14 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización y 8 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, los patrones están obligados a que, una vez iniciada la relación laboral, soliciten su inscripción patronal, por lo que se les otorga un número de registro para realizar cualquier gestión y efectuar el pago de aportaciones y entero de descuentos, así como cualquier trámite o comprobación de ob...
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