EMPLAZAMIENTO AL JUICIO ORAL MERCANTIL. PARA EL CASO DE QUE EL BUSCADO NO SE ENCUENTRE, LA DILIGENCIA DEBERÁ LLEVARSE A CABO CON LAS PERSONAS HABILITADAS PARA TAL EFECTO, ESTO ES, NO REQUIERE MEDIAR CITATORIO PARA QUE EL INTERESADO AGUARDE AL FEDATARIO JUDICIAL EN UNA FECHA Y HORA DETERMINADAS (INTERPRETACIÓN SISTEMÁTICA DE LOS ARTÍCULOS 1390 BIS 10, 1390 BIS 14 Y 1390 BIS 15 DEL CÓDIGO DE COMERCIO).
Texto de la tesis
Al interpretar las disposiciones legales relativas al emplazamiento en el juicio oral mercantil, debe tomarse en cuenta que el legislador en el diverso numeral 1390 Bis 2 del Código de Comercio, estableció que en el juicio oral mercantil se observarán especialmente los principios de oralidad, publicidad, igualdad, inmediación, contradicción, continuidad y concentración. En consecuencia, los principios del juicio oral mercantil son las ideas fundamentales que deben regir la interpretación y las resoluciones de este tipo de procedimiento. Su utilidad es, entre otras, la de proporcionar a los Jue...
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