IUSera
Registro digital 2013172 · Tesis aislada · 10a. Época · VI.2o.A.4 K (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.

AUTORIDAD RESPONSABLE EN EL JUICIO DE AMPARO. SI EL QUEJOSO SOLICITA QUE SE TENGA CON ESE CARÁCTER A LA QUE REALMENTE EMITIÓ EL ACTO Y NO A LA QUE LO SUSCRIBIÓ EN SUPLENCIA POR AUSENCIA, ES LEGAL QUE EL JUEZ DE DISTRITO DICTE EL PROVEÍDO CORRESPONDIENTE EN LOS TÉRMINOS REQUERIDOS, AUN CUANDO AQUÉL TUVIERA PLENO CONOCIMIENTO DE LA FIRMA POR AUSENCIA DESDE LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA, Y NO HUBIERE SEÑALADO A AQUÉLLA CORRECTAMENTE.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Si la autoridad señalada como responsable, al rendir su informe justificado manifiesta que no son ciertos los actos reclamados, porque si bien firmó el oficio impugnado, lo hizo en suplencia por ausencia, ello conlleva considerar que es a dicha autoridad, a quien resulta atribuible la emisión del acto reclamado. En esas condiciones, si el quejoso solicita que se tenga como autoridad responsable a la que realmente emitió el acto y no a la que lo suscribió en suplencia por ausencia, es legal que el Juez de Distrito dicte el proveído correspondiente en los términos requeridos, aun cuando aquél tu...

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