PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE REINSTALACIÓN O INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MORELOS O DEL TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL. NORMA APLICABLE PARA RESOLVER LOS CONFLICTOS RELATIVOS.
Texto de la tesis
Los artículos 165, 172, 297 y 353 del Código Electoral del Estado de Morelos, vigente hasta el 29 de junio de 2014, disponen que el Tribunal Estatal Electoral es un órgano público autónomo, competente para sustanciar y resolver, en las formas y términos que determine el código aludido, los conflictos laborales que surjan entre el propio Tribunal o el Instituto Estatal Electoral y sus respectivos trabajadores; asimismo, que corresponde al Pleno del Tribunal aprobar y expedir el reglamento interno; y que el Tribunal y el Instituto mencionados, así como sus respectivos trabajadores se regirán por...
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