IUSera
Registro digital 2013013 · Tesis aislada · 10a. Época · I.13o.C.19 C (10a.) · DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. ANTE LA EXISTENCIA DE UNA NORMA ESPECÍFICA QUE REGULA LA EXIGIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN DE SU PAGO ES INAPLICABLE LA NORMA GENERAL PREVISTA EN EL ARTÍCULO 2080 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL.

Civil y Familiar
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

En torno a la obligación de pago que asume una de las partes por la prestación del servicio que recibe, la ley regula de forma específica su exigibilidad, ya que el artículo 2610 del Código Civil para el Distrito Federal, aplicable en esta Ciudad, establece que el pago de honorarios deberá hacerse en el lugar de la residencia del que los hubiere prestado inmediatamente que preste cada servicio o al final de todos. Entonces, ante la falta de convenio sobre la fecha de pago de los servicios, debe atenderse a la regla señalada en la ley, que no puede condicionarse a la realización de una interpel...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.