IUSera
Registro digital 2013007 · Tesis aislada · 10a. Época · I.9o.P.115 P (10a.) · NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

ACTOS DE TORTURA. SI DE LA DECLARACIÓN DEL INCULPADO O DE LAS CONSTANCIAS DE AUTOS SE ADVIERTE QUE PUDO HABER SIDO VÍCTIMA DE AQUÉLLOS DURANTE SU DETENCIÓN, ES OBLIGACIÓN DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL DAR VISTA AL MINISTERIO PÚBLICO DE SU ADSCRIPCIÓN PARA QUE ACTÚE DE ACUERDO CON SUS FACULTADES LEGALES, AUN CUANDO SE PRODUZCA EL FALLECIMIENTO DE AQUÉL EN ALGUNA DE LAS ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO.

Penal Derechos Humanos Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 1o., establece que todas las personas gozan de los derechos humanos reconocidos en ella y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es Parte, así como de las garantías para su protección; en razón de lo anterior, es obligación de sus autoridades, en el ámbito de su competencia, procurar la protección de los derechos humanos, entre los que se encuentran, la prohibición de la tortura y la protección a la integridad personal, previstos en los artículos 22 y 29 de la Constitución Federal, por lo que no se t...

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