IUSera
Registro digital 2013002 · Jurisprudencia · 10a. Época · IV.1o.A. J/24 (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.

"BONO DE DESPENSA" Y "PREVISIÓN SOCIAL MÚLTIPLE". EL PRINCIPIO DE IGUALDAD OBLIGA A QUE LOS PENSIONADOS TENGAN EL DERECHO A QUE SE LES INCREMENTEN ESOS CONCEPTOS EN LA PROPORCIÓN QUE SE HACE A LOS TRABAJADORES EN ACTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.

Constitucional y Amparo Laboral y Seguridad Social
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Texto de la tesis

Del artículo 43, tercer párrafo, del Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones de los Trabajadores Sujetos al Régimen del Artículo Décimo Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el veintiuno de julio de dos mil nueve, y de los numerales 62 y 121 de la citada ley, se reconoce el derecho de los pensionados al incremento de las prestaciones en dinero que reciben, adicionales a su pensión, como son los bonos de despensa y previsión social múltiple, en prop...

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