PERSONAS EN SITUACIÓN VULNERABLE. ESTÁNDAR PROBATORIO QUE DEBE OBSERVARSE EN LOS JUICIOS DONDE INTERVENGAN, PARA GARANTIZAR SU DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA Y EL EQUILIBRIO PROCESAL ENTRE LAS PARTES.
Texto de la tesis
El artículo 2o., apartado A, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece protecciones jurídicas especiales a favor de las personas en situación vulnerable, con el objeto de facilitarles el acceso a la justicia y evitar colocarlas en estado de indefensión. Así, para atender a lo previsto en ese precepto constitucional, en los juicios donde intervenga como parte alguna persona con esa condición, como una medida de protección especial para superar la situación de desventaja y lograr un equilibrio procesal, el juzgador debe flexibilizar las formalidades en...
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