ALEGATOS EN EL JUICIO LABORAL BUROCRÁTICO EN EL ESTADO DE JALISCO. AL NO ESTAR PREVISTA ESA FIGURA EN LA LEY PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS RELATIVA, A EFECTO DE RESPETAR SU DERECHO DE AUDIENCIA, DEBEN APLICARSE, SUPLETORIAMENTE, LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO Y LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
Texto de la tesis
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia 2a./J. 34/2013 (10a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XVIII, Tomo 2, marzo de 2013, página 1065, de rubro: "SUPLETORIEDAD DE LAS LEYES. REQUISITOS PARA QUE OPERE.", estableció que la supletoriedad de un ordenamiento legal sólo opera cuando se reúnen los siguientes requisitos: a) El ordenamiento legal a suplir establezca expresamente esa posibilidad, indicando la ley o normas que pueden aplicarse supletoriamente, o que un ordenamiento prevea que aplica, total o...
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