CHEQUE. LA FECHA EN QUE EL LIBRADOR INCURRE EN MORA INICIA A PARTIR DEL DÍA EN QUE LA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO LIBRADA HACE LA ANOTACIÓN DE QUE EL DOCUMENTO FUE PRESENTADO EN TIEMPO Y NO PAGADO POR FONDOS INSUFICIENTES.
Texto de la tesis
El cheque es un título de crédito siempre pagadero a la vista de conformidad con el artículo 178 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, por consiguiente, la fecha en que incurre en mora el librador, inicia a partir del día en que la institución de crédito librada hace la anotación de que el documento fue presentado en tiempo y no pagado por fondos insuficientes, y no así en la fecha de la diligencia de requerimiento de pago, embargo y emplazamiento. TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
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