IUSera
Registro digital 2012665 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. CCXXXIII/2016 (10a.) · Primera Sala

EMBARGO Y SU AMPLIACIÓN EN LA VÍA ADMINISTRATIVA. LA FIRMEZA DE LOS CRÉDITOS FISCALES EXIGIBLES NO ES UN ELEMENTO QUE DEBA CONSIDERARSE PARA GARANTIZARLOS MEDIANTE ESAS INSTITUCIONES.

Fiscal y Hacendario
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Texto de la tesis

De la interpretación armónica de los artículos 141 a 143, 145, 151, 154, 155 y 160 del Código Fiscal de la Federación, se advierte que el embargo y su ampliación recaen sobre créditos fiscales exigibles, entendiéndose por éstos los que no hayan sido pagados o debidamente garantizados. De ahí que la firmeza o no de dichos créditos no es un elemento que deba tomarse en cuenta para garantizarlos por medio del embargo o de su ampliación. PRIMERA SALA

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