IUSera
Registro digital 2012659 · Tesis aislada · 10a. Época · VII.2o.T.72 L (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEPTIMO CIRCUITO.

TRABAJADORES DE CONFIANZA AL SERVICIO DEL ESTADO DE VERACRUZ. NO TIENEN ESA CALIDAD AQUELLOS QUE REVISAN Y COMPRUEBAN LOS DATOS DE INSCRIPCIÓN DE LOS BIENES INMUEBLES PROPIEDAD DEL MUNICIPIO EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO, AL NO SER UNA ACTIVIDAD QUE IMPLIQUE FISCALIZAR EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 7O. DE LA LEY NÚMERO 364 ESTATAL DEL SERVICIO CIVIL.

Laboral y Seguridad Social
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Texto de la tesis

La actividad de revisar y comprobar en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Veracruz los datos de inscripción de los bienes inmuebles propiedad del Municipio, no es una función catalogada como de confianza, en tanto que versa sobre la fiscalización de toda la información registral bajo su resguardo. Ello, porque conforme al Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española, fiscalizar implica la acción de criticar y traer a juicio las acciones u obras de alguien; de ahí que la actividad apuntada no pueda catalogarse como una función de confianza en térm...

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