IUSera
Registro digital 2012623 · Tesis aislada · 10a. Época · VI.3o.A.9 K (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.

INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE SENTENCIA EN EL AMPARO. PARA EL DESAHOGO DE LA PRUEBA PERICIAL ES APLICABLE SUPLETORIAMENTE EL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Tratándose del incidente de liquidación de sentencia son inaplicables las reglas establecidas en los artículos 119 y 120 de la Ley de Amparo para el ofrecimiento y desahogo de la prueba pericial, ya que únicamente la regulan durante la tramitación del juicio y hasta antes de que se dicte sentencia, esto es, cuando las partes tienen la carga de demostrar la constitucionalidad o inconstitucionalidad del acto, según sea el caso, no así las actuaciones tendientes a su cumplimiento. Es por ello que, ante la falta de disposición expresa en cuanto a la forma de ofrecer y desahogar la prueba pericial...

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