CONFESIÓN FICTA DEL PROPIETARIO O RESPONSABLE DE LA FUENTE DE TRABAJO. DEBE PARARLE PERJUICIO AL CODEMANDADO FÍSICO CUANDO TENGA RECONOCIDO ESE DOBLE CARÁCTER EN EL JUICIO LABORAL, AL NO PODERSE ESCINDIR PROCESALMENTE SU CALIDAD DE PATRÓN, SI FUE DEMANDADO POR LAS MISMAS PRESTACIONES, AUN CUANDO LA PRUEBA CONFESIONAL SEA DECLARADA DESIERTA TRATÁNDOSE DE ESTE ÚLTIMO POR DERECHO PROPIO.
Texto de la tesis
Cuando en un juicio laboral se demanda a una persona física por derecho propio y al propietario o responsable de la fuente de trabajo, reclamándoles las mismas prestaciones, y en el curso del procedimiento se reconoce esa doble legitimación pasiva en un mismo individuo, el hecho de que se declare desierta la prueba confesional en su primera calidad, pero fíctamente confeso por la segunda, esta última debe parar perjuicio a aquél, porque al estar probado que, además, es el propietario de la fuente de empleo o responsable de la relación laboral, no es jurídica ni materialmente posible escindir e...
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