IUSera
Registro digital 2012498 · Tesis aislada · 10a. Época · I.8o.A.13 K (10a.) · OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL AMPARO. LA OBSERVANCIA DE LOS PRINCIPIOS DE CONGRUENCIA Y EXHAUSTIVIDAD NO IMPLICA LA OBLIGACIÓN DE PRONUNCIARSE SOBRE CADA UNO DE LOS ARGUMENTOS EXPUESTOS POR EL QUEJOSO RESPECTO DE LA PROCEDENCIA DE ESA MEDIDA CAUTELAR.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El principio de completitud en la impartición de justicia inserto en los artículos 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 74 de la Ley de Amparo y 222 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a esta última, de donde derivan los principios de congruencia y exhaustividad, debe entenderse en el sentido de analizar de manera acuciosa la litis planteada. Ahora bien, tratándose de la suspensión en el juicio de amparo, debe atenderse a la técnica que atañe al caso propuesto, que implica el análisis ordenado de los requisitos naturales, legales y...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.