COMPRAVENTA. CONSECUENCIAS DE LA RESCISIÓN, CUANDO PARTE DEL PRECIO LA PAGÓ UN TERCERO.
Texto de la tesis
En términos del artículo 2311 del Código Civil Federal, supletorio del Código de Comercio, si se rescinde la venta, el vendedor y el comprador deben restituirse las prestaciones que se hubieren hecho. En la relación jurídica derivada de una compraventa, lo ordinario es que surjan obligaciones principales, de absoluta y plena reciprocidad, solamente entre vendedor y comprador, en donde la del primero consiste en trasladar la propiedad del bien objeto del contrato, para recibir como contraprestación el precio pactado, a cargo del adquirente. En ese supuesto, lo natural es que ante la actualizaci...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.