LEGITIMACIÓN EN EL RECURSO DE REVISIÓN EN AMPARO INDIRECTO. CARECEN DE ÉSTA LOS TERCEROS INTERESADOS RESPECTO DE LA SENTENCIA QUE CONCEDE LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL PARA QUE SE RESPETE EL DERECHO HUMANO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PRONTA Y EXPEDITA CUYA VIOLACIÓN RECLAMÓ EL QUEJOSO, AL NO CAUSARLES PERJUICIO.
Texto de la tesis
Los artículos 103, fracción I y 107, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 5o., fracción I, de la Ley de Amparo, instituyen el principio de instancia de parte agraviada, como requisito para promover el juicio de amparo, el cual prevalece para la interposición del recurso de revisión, según se regula en los artículos 81, fracción I, inciso e) y 88, primer párrafo, de la ley citada. Por tanto, si el acto reclamado en el juicio de amparo indirecto está relacionado con la dilación procesal en que incurre alguna autoridad jurisdiccional, la concesión de l...
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